
Igualmente se fijará una revisión semestral para el caso de que no se cumplan las previsiones sobre el índice de precios citado.
La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando éstos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquél.
© Tribunal Laboral de Navarra
Nafarroako Lan Epaitegia
C/ Nueva, 30 bajo. 31001 Pamplona - T 948 228 287 - F 948 224 847
Plaza Sancho el Fuerte, 10 - entreplanta 2, puerta 1ª. 31500 Tudela. T 948 827 519 - F 948 224 847